Esta orden tiene por objeto establecer los límites máximo y mínimo de la relación entre las vacantes previstas y el número de evaluados para el ascenso en cada ciclo por los sistemas de elección y clasificación en la Guardia Civil, durante el período de vigencia de la plantilla reglamentaria 2025-2029, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo III del Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo (en adelante, el Reglamento).
Texto oficial de Límites de Vacantes y Evaluados por Ciclo de Ascensos en la Guardia Civil (BOE-A-2025-15291). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. — Límites de Vacantes y Evaluados por Ciclo de Ascensos en la Guardia Civil · BOE Fácil