*Parte C. Información a remitir anualmente de acuerdo con el artículo 18.8*
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
La presente orden ministerial entrará en vigor el 1 de enero de 2026, salvo la disposición final segunda, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de octubre de 2025.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.
Texto oficial de Registro General de Fabricantes de Productos Fertilizantes (REGFER) (BOE-A-2025-22091). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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