Artículo 3. Derecho de información de la representación legal de las personas trabajadoras.
La representación legal de las personas trabajadoras tendrá derecho a recibir la copia básica del contrato formativo con arreglo a lo previsto en el artículo 8.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como la copia del plan formativo individual, de acuerdo con los artículos 13.3 y 25.1 de este real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen del contrato formativo, previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE-A-2025-24011). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.