CAPÍTULO III. Del funcionamiento del Consejo, del Comité Consultivo y del Comité Ejecutivo de la CNMV · Sección 1.ª Del Consejo de la CNMV y de su Comité Consultivo
Artículo 18. Quórum.
1. Para la válida constitución del Consejo, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos, se requerirá la asistencia, ya sea presencial o a distancia (i) de la persona titular de la presidencia y del secretario o secretaria, en su caso, de quienes les sustituyan, y (ii) de la mitad, al menos, de sus miembros.
2. Los miembros del Consejo asistirán personalmente a sus reuniones, ya sea de forma presencial o a distancia. En el caso de que los consejeros o consejeras no pudieran asistir por causa justificada, procurarán otorgar su representación con instrucciones a otro miembro del Consejo.
Texto oficial de Resolución de 5 de marzo de 2025, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior (BOE-A-2025-4823). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 18. Quórum. — Resolución de 5 de marzo de 2025, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior · BOE Fácil