ANEXO III. Complemento específico de los miembros de la carrera judicial, por responsabilidad y penosidad
Disposición final vigesimoprimera. Modificación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, queda modificada como sigue:
Uno. Se dejan sin contenido los artículos 63, 64, 65, 66 y 67.
Dos. Se introduce una nueva disposición transitoria primera con la siguiente redacción:
###### «Disposición transitoria primera. Solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Aquellos inversores o familiares de inversores que, con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta disposición transitoria, hubieran presentado la correspondiente solicitud, podrán recibir el visado o autorización correspondiente conforme a la normativa vigente en la fecha de presentación de la solicitud.»
Tres. Se introduce una nueva disposición transitoria segunda con la siguiente redacción:
###### «Disposición transitoria segunda. Renovaciones de visados y autorizaciones para inversores por adquisición de bienes inmuebles.
> Los visados y autorizaciones para inversores que tengan validez a la fecha de la entrada en vigor de esta disposición transitoria, conservarán dicha validez durante el tiempo para el que hubieran sido expedidos.
> En el caso de presentarse solicitudes de renovación, se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en la fecha de concesión de la autorización inicial.»
Texto oficial de Ley Orgánica de los Tribunales de Instancia (BOE-A-2025-76). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.