CAPÍTULO V. Garantías del Sistema para la evaluación de las tecnologías sanitarias
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado el 27 de mayo de 2026.
**FELIPE R.**
**La Ministra de Sanidad,**
**MÓNICA GARCÍA GÓMEZ**
Texto oficial de Real Decreto de Evaluación de Tecnologías Sanitarias (BOE-A-2026-11587). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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