CAPÍTULO II. Organización de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, O.A.
Artículo 12. Funciones de las comisiones permanentes.
Las funciones de las distintas comisiones permanentes son la preparación de los asuntos a proponer al Consejo Rector; el seguimiento periódico de la ejecución de los planes de actuación; el estudio de nuevas propuestas de actuación, así como la adopción de acuerdos respecto a asuntos que, por razones de urgencia y extrema necesidad, no puedan demorarse hasta la convocatoria del Consejo Rector. De dichos acuerdos o actividades se dará cuenta inmediata al Consejo Rector, que se reunirá de forma extraordinaria, si fuese necesario.
Texto oficial de Real Decreto 465/2026, de 10 de junio, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, O.A (BOE-A-2026-12710). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 12. Funciones de las comisiones permanentes. — Real Decreto 465/2026, de 10 de junio, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, O.A · BOE Fácil