Con carácter anual, la Unidad técnica elaborará, en formato accesible, un informe balance de las acciones efectuadas relativas a las funciones reguladas en el artículo 3, que se elevará, para conocimiento, al Consejo Nacional de la Discapacidad, antes de su publicación para conocimiento general.
Texto oficial de Real Decreto 143/2026, de 25 de febrero, por el que se crea y regula la Unidad técnica de apoyo y coordinación de las autoridades de vigilancia en materia de requisitos de accesibilidad (BOE-A-2026-4520). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. Elaboración de informes. — Real Decreto 143/2026, de 25 de febrero, por el que se crea y regula la Unidad técnica de apoyo y coordinación de las autoridades de vigilancia en materia de requisitos de accesibilidad · BOE Fácil