TÍTULO IV. La comunidad universitaria · CAPÍTULO II. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios · Sección 2.ª Selección y promoción
Artículo 201. Formación.
La Universidad promoverá y organizará cursos para la formación y actualización profesional del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, y le facilitará su asistencia. Para ello, la Gerencia aprobará con carácter anual o bienal planes de formación, previa negociación con los órganos de negociación del personal.
Texto oficial de Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE-A-2026-5715). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 201. Formación. — Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia · BOE Fácil