TÍTULO II. Estructura y organización · CAPÍTULO VI. Red de centros UNED · Sección 3.ª Centros adscritos
Artículo 76. Definición y normativa aplicable.
1. Podrá ser adscrito a la UNED cualquier centro o institución docente, de carácter público o privado, que imparta enseñanzas universitarias, conforme a lo previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario.
2. La adscripción se formalizará mediante convenio y deberá ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad, previo informe del Consejo Social.
3. Los centros adscritos a la UNED se regirán por la normativa general aplicable, por estos estatutos, por el convenio de adscripción y por su reglamento de régimen interior.
Texto oficial de Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE-A-2026-5715). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 76. Definición y normativa aplicable. — Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia · BOE Fácil