El objeto de la presente orden es el desarrollo del procedimiento para la concesión del Sello de gestión transparente del agua, como distintivo público en el ámbito de los territorios gestionados por las Confederaciones Hidrográficas correspondientes a las demarcaciones hidrográficas intercomunitarias.
Este distintivo se concederá a las personas físicas o jurídicas públicas o privadas que gestionen el agua en alguno de los usos que se especifican en el artículo 3 y cumpliendo los requisitos de los artículos 4 y 5.
Texto oficial de Sello de Gestión Transparente del Agua (BOE-A-2026-9961). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.