TÍTULO IV. De la instrucción · Capítulo I. Del sumario y de las autoridades competentes para instruirlo
Artículo 300.
**(Suprimido)**.
> Téngase en cuenta que este artículo se suprime por el art. único.5 de la Ley 41/2015, de 5 de octubre. [Ref. BOE-A-2015-10726](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10726). con efectos de 6 de diciembre de 2015, según establece la disposición final 4 de la citada ley.
> Redacción anterior:
> "Cada delito de que conozca la Autoridad judicial será objeto de un sumario. Los delitos conexos se comprenderán, sin embargo, en un solo proceso."
> <small>Se suprime por el art. único.5 de la Ley 41/2015, de 5 de octubre. [Ref. BOE-A-2015-10726](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10726).</small>
Texto oficial de Ley de Enjuiciamiento Criminal (BOE-A-1882-6036). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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