Al disponer la práctica de una visita ordinaria o extraordinaria se hará constar la cantidad que se estima necesaria para atender a los gastos de traslación, material de oficinas y pago de dietas a los funcionarios que la hayan de realizar, dándose conocimiento al Ministerio de Justicia para su aprobación.
El pago de estas atenciones se verificará con arreglo a lo establecido en la legislación vigente sobre la materia.
Texto oficial de Decreto 437/1969, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal (BOE-A-1969-359). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 167. — Decreto 437/1969, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal · BOE Fácil