real decreto · BOE-A-1980-12180
Real Decreto 3183/1979, de 21 de diciembre, por el que se organiza el Patrimonio Comunal Olivarero
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 16/6/1980
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Presidencia del Gobierno
Este real decreto organiza el Patrimonio Comunal Olivarero como Corporación de Derecho Público representativa de los productores de aceituna de almazara.
A quién afecta: Empresarios productores de aceituna de almazara y almazaras industriales agrícolas y cooperativas.
- La Corporación colabora con la Administración en la ordenación del sector olivarero, sin menoscabo del libre derecho de asociación profesional de sus componentes.
- Sus órganos de gobierno son el Consejo Rector, integrado por representantes de olivareros, almazaras cooperativas y varios ministerios, y el Presidente.
- Todo el patrimonio de bienes, derechos y obligaciones de la anterior entidad sindical queda integrado automáticamente en la nueva Corporación de Derecho Público.
- El Ministerio de Agricultura vela por que las actividades de la Corporación se ajusten a su Reglamento, pudiendo suspender sus acuerdos.
¿Qué órganos de gobierno tiene el Patrimonio Comunal Olivarero?
El Consejo Rector y el Presidente.
Normas relacionadas
- Citada por: Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social (2 menciones)
- Citada por: Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social (4 menciones)
- Citada por: Real Decreto del Estatuto de la Agencia de Información y Control Alimentarios (1 menciones)
- Citada por: Declaraciones Obligatorias del Sector del Aceite de Oliva (4 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
19 de enero de 2001
[reform] Real Decreto 3183/1979, de 21 de diciembre, por el que se organiza el Patrimonio Comunal Olivarero
Ver cambios de esta reforma →16 de junio de 1980
Real Decreto 3183/1979, de 21 de diciembre, por el que se organiza el Patrimonio Comunal Olivarero — versión original 1980
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