El Consejo de Estado elaborará su presupuesto, que figurará como una Sección dentro de los Presupuestos Generales del Estado.
> <small>Se añade por el art. único.19 de la Ley Orgánica 3/2004, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-2004-21762](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-21762).</small>
DISPOSICIONES FINALES
###### Primera.
A la entrada en vigor de esta Ley quedarán derogados cuantos preceptos de la Ley Orgánica de 25 de noviembre de 1944 o de cualquier otra norma legal o reglamentaria se opongan de la presente Ley Orgánica.
###### Segunda.
Las demás disposiciones de la Ley Orgánica de 25 de noviembre de 1944, en lo que no se opongan a la presente Ley, serán recogidas en el Reglamento Orgánico.
###### Tercera.
El Gobierno, a propuesta del Consejo de Estado, aprobará el Reglamento Orgánico de ejecución y desarrollo de la presente Ley, inspirándose en cuanto a su organización y funcionamiento en los principios que se deducen de las disposiciones generales de la misma.
###### Cuarta.
A la entrada en vigor del Reglamento Orgánico quedará totalmente derogada la Ley Orgánica del Consejo de Estado de 25 de noviembre de 1944.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley Orgánica.
Palacio Real, de Madrid, a veintidós de abril de mil novecientos ochenta.
**JUAN CARLOS R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**ADOLFO SUÁREZ GONZÁLEZ**
Texto oficial de Ley Orgánica del Consejo de Estado (BOE-A-1980-8648). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 27. — Ley Orgánica del Consejo de Estado · BOE Fácil