Los principales criterios que inspirarán la redacción de los Estatutos y Reglamentos serán:
1° Territorialidad para obtener una representación adecuada de las Corporaciones Municipales e. impositores:
2.° Profesionalidad para mantener la capacidad de ahorro y la eficacia del servicio a' la economía nacional.
3.° Transparencia de los diferentes procesos electorales para la elección de los órganos de gobierno, quedando debidamente garantizada a través de la posible interposición de las correspondientes impugnaciones y ,u resolución, intervención de Notario y participación de la Comisión de Control.
4.° Democratización a través de la presencia en todos los órganos de gobierno de los grupos que representan los Intereses sociales y colectivos.
Texto oficial de Real Decreto 798/1986, de 21 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros (BOE-A-1986-10229). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.