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real decreto · BOE-A-1988-16873

Real Decreto 700/1988, de 1 de julio, sobre expedientes administrativos de responsabilidad contable derivados de las infracciones previstas en el título VII de la Ley General Presupuestaria

Estado
Vigente
Publicación
7/7/1988
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula la tramitación de los expedientes administrativos de responsabilidad contable derivados de infracciones de la Ley General Presupuestaria.

A quién afecta: Altos cargos y empleados de la Administración del Estado, e Intervención General de la Administración del Estado.

  • La responsabilidad contable es independiente de la responsabilidad penal o disciplinaria por los mismos hechos, y se exige en expediente separado.
  • Los expedientes pueden originarse por comunicaciones de jefes de responsables, informes de auditoría, inspecciones de servicios o denuncias.
  • El Consejo de Ministros incoa los expedientes cuando los presuntos responsables tengan la condición de Autoridad; el Ministro de Economía y Hacienda, en los demás casos.
  • Todos los Organismos de la Administración del Estado están obligados a colaborar con el Instructor, facilitando documentos, informes y acceso a sus dependencias.
¿Quién incoa el expediente de responsabilidad contable cuando el presunto responsable tiene la condición de Autoridad?

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Expedientes de Responsabilidad Contable · BOE Fácil