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real decreto · BOE-A-1988-25427

Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara obligatoria la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados

Estado
Vigente
Publicación
4/11/1988
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Industria y Energía

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto declara obligatoria la homologación de los cementos empleados en la fabricación de hormigones y morteros.

A quién afecta: Fabricantes e importadores de cemento y empresas constructoras.

  • Los cementos usados en hormigones y morteros para cualquier tipo de obra deben cumplir las especificaciones técnicas del anexo del real decreto.
  • Se prohíbe fabricar, importar, vender o utilizar cementos que no cumplan estas especificaciones.
  • Los cementos quedan sometidos a homologación de tipo y a certificación de conformidad de la producción, renovable anualmente.
  • España acepta los certificados de cementos fabricados en otro Estado miembro de la Comunidad Económica Europea con garantías técnicas equivalentes.
¿Con qué periodicidad debe renovarse el certificado de conformidad de la producción de un cemento homologado?

Con periodicidad anual.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Homologación Obligatoria de Cementos · BOE Fácil