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real decreto · BOE-A-1989-9055

Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, por el que se establece la cuantía del complemento de destino de los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal

Estado
Vigente
Publicación
22/4/1989
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Este real decreto establece la cuantía del complemento de destino de los Jueces, Magistrados y Fiscales, en función de su lugar de destino, jerarquía y responsabilidad.

A quién afecta: Jueces, Magistrados y miembros del Ministerio Fiscal.

  • El complemento de destino se fija atendiendo a la exclusiva dedicación a la función jurisdiccional o fiscal y a la plena disponibilidad que exige el cargo.
  • Se determina en función del número de puntos asignados a cada puesto de trabajo, cuyo valor se fija cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • Los puestos de trabajo del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal se clasifican en nueve grupos, cada uno con una puntuación distinta por lugar de destino, cualificación y volumen de trabajo.
  • Además del lugar de destino, el complemento tiene en cuenta la representación inherente al cargo y la especial responsabilidad en el gobierno interno de Tribunales y Juzgados.
¿De qué depende la cuantía del complemento de destino de un juez o fiscal?

Del grupo en que se clasifique su puesto de trabajo, según el lugar de destino, la jerarquía y la responsabilidad del cargo.

¿Quién fija el valor del punto del complemento de destino cada año?

La Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio económico.

Normas relacionadas

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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Complemento de Destino del Poder Judicial y el Ministerio Fiscal · BOE Fácil