Norma de etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
1. La presente Norma regula lo referente al etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios listos para su entrega al consumidor final.También se aplicará a los productos alimenticios destinados a restaurantes, hospitales, comedores y otras colectividades similares.
Todo ello sin perjuicio de lo que se establece en materia de etiquetado en el Real Decreto 2685/1976, de 16 de octubre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales, y sus modificaciones, así como de la legislación específica que se establezca mediante Reglamentaciones Técnicas-Sanitarias de acuerdo con lo que se dispone en el anexo del Real Decreto 1809/1991, de 13 de diciembre, por el que se modifica la Reglamentación Técnico-Sanitaria antes mencionada.
2. No se aplicará:
a) A las aguas minerales naturales ni a las demás aguas destinadas al consumo humano.
b) A los integrantes de dieta/complementos alimenticios.
Texto oficial de Etiquetado sobre Propiedades Nutritivas de los Alimentos (BOE-A-1992-18639). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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