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real decreto · BOE-A-1992-18639

Real Decreto 930/1992, de 17 de julio, por el que se aprueba la norma de etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios

Estado
Vigente
Publicación
5/8/1992
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno

Este real decreto aprueba la norma de etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios destinados al consumidor final.

A quién afecta: Fabricantes y comercializadores de productos alimenticios, y consumidores.

  • El etiquetado sobre propiedades nutritivas es obligatorio cuando la etiqueta, presentación o publicidad del producto mencione que posee propiedades nutritivas; en el resto de casos es facultativo.
  • Define como «declaración de propiedades nutritivas» toda indicación o mensaje publicitario que afirme o sugiera que un producto posee valor energético o nutrientes concretos.
  • Solo se admiten declaraciones relativas al valor energético y a los nutrientes especificados: proteínas, hidratos de carbono, grasas, fibra alimentaria, sodio, vitaminas y sales minerales.
  • Se aplica también a los productos alimenticios destinados a restaurantes, hospitales, comedores y otras colectividades similares.
¿Cuándo es obligatorio el etiquetado sobre propiedades nutritivas de un producto alimenticio?

Cuando en su etiqueta, presentación o publicidad se mencione que el producto posee propiedades nutritivas.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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