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ley · BOE-A-1995-27372

Ley 39/1995, de 19 de diciembre, de Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas

Estado
Vigente
Publicación
20/12/1995
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Ley 39/1995 regula el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS): el organismo autónomo encargado del estudio científico de la sociedad española, en especial mediante encuestas, que debe actuar con objetividad y neutralidad y que remite a las Cortes Generales los resultados de sus estudios de carácter electoral y político.

A quién afecta: Centro de Investigaciones Sociológicas como institución, y Cortes Generales, que reciben sus estudios electorales y políticos.

  • El artículo 1 configura el CIS como un organismo autónomo de carácter administrativo dedicado al estudio científico de la sociedad española.
  • El artículo 2 le exige actuar conforme a los principios de objetividad y neutralidad, e igualdad de acceso a sus datos.
  • El artículo 5 fija los principios de sus estudios mediante encuesta, entre ellos la voluntariedad de las respuestas.
  • El artículo 7 obliga al CIS a remitir a las Cortes Generales un avance provisional de los resultados de sus encuestas de carácter electoral y político.
¿A quién debe remitir el CIS los resultados de sus encuestas electorales?

A las Cortes Generales, según exige el artículo 7, mediante un avance provisional de los resultados.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Ley de Organización del CIS · BOE Fácil