D I S P O N G O :
Disposición transitoria primera. Régimen aplicable a las sucursales en España de entidades de crédito de otros Estados de la Unión Europea que dejen de pertenecer al fondo.
Texto oficial de Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito (BOE-A-1996-28535). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
