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TÍTULO III. Organos de gobierno de los colegios · CAPÍTULO III. La Junta Directiva · Sección 1.ª Disposiciones generales

Artículo 31. Renovación.

Texto oficial de Real Decreto 40/1996, de 19 de enero, por el que se aprueba el Estatuto General de los Colegios Profesionales de Habilitados de Clases Pasivas (BOE-A-1996-2989). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 31. Renovación. — Real Decreto 40/1996, de 19 de enero, por el que se aprueba el Estatuto General de los Colegios Profesionales de Habilitados de Clases Pasivas · BOE Fácil