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TÍTULO IV. Diversificación económica · CAPÍTULO I. Áreas de interés especial

Artículo 28. Comisión mixta de coordinación de las Administraciones.

Texto oficial de Ley del Régimen Especial de las Illes Balears (BOE-A-1998-18269). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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