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CAPÍTULO V. Otras disposiciones

Artículo 13. Realización de la actividad de cambio de moneda por personas no autorizadas.

Texto oficial de Cambio de Moneda Extranjera en Establecimientos Abiertos al Público (BOE-A-1998-28816). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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