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real decreto · BOE-A-1999-18663

Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, por el que se establecen los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo para garantizar la seguridad de la vida humana en la mar y se determinan las condiciones que deben reunir las entidades colaboradoras de inspección

Estado
Vigente
Publicación
11/9/1999
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Fomento

Este real decreto establece los reconocimientos e inspecciones obligatorios de las embarcaciones de recreo para garantizar la seguridad de la vida humana en la mar.

A quién afecta: Propietarios de embarcaciones de recreo y entidades colaboradoras de inspección.

  • Se aplica a embarcaciones de recreo matriculadas en España con eslora de casco entre 2,5 y 24 metros que no transporten más de 12 pasajeros.
  • El cumplimiento se acredita mediante el Certificado de navegabilidad, que debe llevarse siempre a bordo.
  • Los reconocimientos periódicos, intermedios y extraordinarios se realizan a través de entidades colaboradoras de inspección autorizadas por la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes.
  • Las entidades colaboradoras no pueden estar controladas por fabricantes, astilleros ni aseguradoras del sector, para garantizar su independencia.
¿Qué documento acredita que una embarcación de recreo cumple los reconocimientos obligatorios?

El Certificado de navegabilidad, que debe llevarse siempre a bordo.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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