CAPÍTULO V. Normas especiales para los conductores en el transporte por carretera
Disposición adicional novena. Actualización de la información.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social deberá mantener actualizada la página web de desplazamiento transnacional de personas trabajadoras contenida en el sitio web del Ministerio Trabajo y Economía Social, así como la información proporcionada en la ficha de país en el sitio web de la Comisión Europea.
> <small>Se modifica por el art. 12.8 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril. [Ref. BOE-A-2021-6872#ad-2](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-6872)</small>
> <small>Se añade por el art. 6.14 del Real Decreto-ley 9/2017, de 26 de mayo. [Ref. BOE-A-2017-5855#as-2](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-5855)</small>
> <small>Téngase en cuenta, para su aplicación, la disposición transitoria 3 del citado Real Decreto-ley.</small>
Texto oficial de Ley del Desplazamiento de Trabajadores Transnacional (BOE-A-1999-22895). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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