BOE Fácil — Leyes explicadas para todosBOE Fácil — Legislación española, explicada
BOE Fácil — Leyes explicadas para todos

ley · BOE-A-1999-22895

Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional

Estado
Vigente
Publicación
30/11/1999
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

La Ley 45/1999 traspone a España la Directiva europea sobre desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional: obliga a las empresas extranjeras que envían temporalmente trabajadores a España a garantizarles determinadas condiciones mínimas de trabajo previstas en la legislación española (salario mínimo, jornada, descansos), con independencia de la ley que rija el contrato.

A quién afecta: Empresas de otros países que desplazan trabajadores a España para prestar servicios, los trabajadores desplazados, y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

  • El artículo 3 obliga a los empresarios que desplacen trabajadores a España a garantizarles las condiciones mínimas de trabajo previstas en la legislación laboral española.
  • El artículo 4 exige garantizar a los trabajadores desplazados, como mínimo, el salario previsto en las disposiciones legales o convenios colectivos españoles aplicables.
  • El artículo 5 impone al empresario la obligación de comunicar el desplazamiento a la autoridad laboral española.
  • El artículo 8 atribuye a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la vigilancia y exigencia del cumplimiento de la ley.
  • El Capítulo V establece normas especiales para los conductores en el transporte por carretera.
¿Qué salario debe pagarse a un trabajador desplazado a España desde otro país de la UE?

Como mínimo, el previsto en la legislación laboral o en los convenios colectivos españoles aplicables, según establece el artículo 4, con independencia de la ley que rija su contrato de trabajo en origen.

Normas relacionadas

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es.