CAPÍTULO IV. Infracciones en materia de movimientos migratorios y trabajo de extranjeros · Sección 1.ª Infracciones en materia de movimientos migratorios
Artículo 35. Infracciones graves.
Son infracciones graves:
1. La modificación de las condiciones de la oferta de trabajo para desplazarse al exterior, si causa perjuicio grave para el trabajador.
2. La ocultación, falsificación o rectificación de cláusulas sustanciales de un contrato de trabajo para desplazarse al exterior.
3. El desplazamiento del trabajador al país de acogida sin la documentación necesaria o la retención injustificada por la empresa de dicha documentación.
4. La contratación de marinos españoles por cuenta de empresas armadoras extranjeras realizada por personas o entidades no autorizadas por la autoridad laboral para realizar ese cometido.
> <small>Se modifica por la disposición final 1.3 de la Ley 40/2006, de 14 de diciembre. [Ref. BOE-A-2006-21991](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-21991)</small>
Texto oficial de Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (BOE-A-2000-15060). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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