CAPÍTULO II. Ejercicio en España con el título profesional de origen · Sección 2.ª Estatuto del «Abogado inscrito»
Artículo 12. Derecho de voto.
Texto oficial de Ejercicio Permanente en España de la Profesión de Abogado (UE) (BOE-A-2001-15216). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
