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real decreto · BOE-A-2002-19923

Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas

Estado
Vigente
Publicación
15/10/2002
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula el proceso de evaluación para el registro, la autorización y la comercialización de biocidas en España.

A quién afecta: Fabricantes, importadores y comercializadores de biocidas.

  • Regula los requisitos de autorización y comercialización de biocidas, la evaluación de su peligrosidad y riesgo, y el reconocimiento mutuo de autorizaciones en la Unión Europea.
  • Los biocidas solo pueden comercializarse y utilizarse en España si han sido previamente autorizados e inscritos en el Registro Oficial de Biocidas de la Dirección General de Salud Pública.
  • Los biocidas de bajo riesgo pueden comercializarse tras presentar un expediente a la Dirección General de Salud Pública, siempre que se registren debidamente.
  • Un biocida autorizado o registrado en otro Estado miembro debe autorizarse o registrarse en España en un plazo de 120 o 60 días, respectivamente, si su sustancia activa cumple los requisitos exigidos.
¿Dónde debe inscribirse un biocida para poder comercializarse en España?

En el Registro Oficial de Biocidas de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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