real decreto · BOE-A-2002-23037
Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial, así como la jubilación parcial
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 27/11/2002
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Este real decreto regula la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial, con contrato de relevo o fijo-discontinuo, así como la jubilación parcial.
A quién afecta: Trabajadores con contrato a tiempo parcial, de relevo o fijo-discontinuo.
- Los periodos de cotización se calculan en función de las horas efectivamente trabajadas, dividiendo el total entre cinco (equivalente diario del cómputo anual).
- Estos trabajadores tienen derecho a las prestaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y maternidad con particularidades específicas.
- La base reguladora de la prestación por maternidad se calcula dividiendo las bases de cotización de los doce meses anteriores entre 365.
- Las fracciones de año cotizado se computan como un año completo para determinar el porcentaje de la pensión de jubilación.
¿Cómo se calculan los periodos de cotización de los trabajadores a tiempo parcial?
Dividiendo el número de horas efectivamente trabajadas entre cinco, equivalente diario del cómputo anual de 1.826 horas.
Normas relacionadas
- Cita a: Estatuto de los Trabajadores (11 menciones)
- Cita a: Ley General de la Seguridad Social (11 menciones)
- Cita a: Reglamento General de Recaudación (1 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es.
