ley · BOE-A-2002-6467
Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 5/4/2002
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta ley reguló los Boletines Oficiales de las Provincias, atribuyendo su edición y gestión a las Diputaciones Provinciales, fijando su periodicidad mínima y las tasas aplicables a la publicación de textos.
A quién afecta: Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y entes locales obligados a suscribirse al Boletín, y ciudadanos que consultan sus publicaciones.
- El artículo 2 atribuye la edición y gestión del Boletín Oficial de la Provincia a las Diputaciones Provinciales, como servicio público de carácter provincial.
- El artículo 4 fija una periodicidad mínima de publicación de tres veces por semana.
- El artículo 11 sujeta la publicación de textos al pago de una tasa provincial, con exenciones para las disposiciones y resoluciones de inserción obligatoria.
- El artículo sexta de las disposiciones adicionales extiende la aplicación de la ley a los Boletines Oficiales de Ceuta y Melilla, con una periodicidad mínima de dos veces por semana.
¿Con qué periodicidad mínima debe publicarse el Boletín Oficial de la Provincia según esta ley?
Al menos tres veces por semana, según el artículo 4 de esta ley.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (2 menciones)
- Cita a: Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias (1 menciones)
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.
