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CAPÍTULO VII. Enajenación y subarriendo

Artículo 22. Enajenación de la finca arrendada. Derechos de tanteo, retracto y adquisición preferente.

Texto oficial de Ley de Arrendamientos Rústicos (BOE-A-2003-21616). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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