real decreto · BOE-A-2003-4928
Real Decreto 293/2003, de 7 de marzo, relativo a la utilización de determinados derivados epoxídicos en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 11/3/2003
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Consumo
Este real decreto limita la utilización de determinados derivados epoxídicos en materiales destinados a entrar en contacto con alimentos.
A quién afecta: Fabricantes de materiales y objetos plásticos y de revestimientos y adhesivos destinados a contacto alimentario.
- Regula tres sustancias («BADGE», «BFDGE» y «NOGE») utilizadas en materiales plásticos, revestimientos y adhesivos en contacto con alimentos.
- Establece límites máximos de migración de estas sustancias hacia los alimentos, fijados en los anexos.
- La utilización de «BADGE» en la fabricación de estos materiales solo se permitía hasta el 31 de diciembre de 2005.
- Las sustancias «BFDGE» y «NOGE» no están autorizadas a nivel nacional, aplicándose solo a productos fabricados en otros Estados miembros de la UE.
¿Están autorizadas en España las sustancias «BFDGE» y «NOGE» para materiales en contacto con alimentos?
No, no están autorizadas a nivel nacional; la norma solo regula los límites para materiales fabricados y autorizados en otros Estados miembros de la Unión Europea.
Normas relacionadas
- Cita a: Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (1 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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