TÍTULO VII. De los entes territoriales · ECIRPF<sup>m</sup>= 0,016875 × CL<sub>t</sub><sup>m</sup> × IA<sub>t</sub> × 0,95
Artículo 70. Cesión de la recaudación líquida por IVA: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
Texto oficial de Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005 (BOE-A-2004-21688). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
