TÍTULO II. Del procedimiento disciplinario · CAPÍTULO IV. Instrucción
Artículo 32. Traslado al interesado para formular alegaciones.
1. Cumplimentadas las precedentes diligencias, el instructor pondrá de manifiesto el expediente al interesado con carácter inmediato para que en el plazo de 10 días alegue lo que estime pertinente a su defensa y aporte cuantos documentos considere de interés.
2. Se facilitará una copia completa del expediente al interesado cuanto este así lo solicite.
Texto oficial de Régimen Disciplinario de la Administración de Justicia (BOE-A-2005-12703). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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