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CAPÍTULO IV. Retribuciones e indemnizaciones en casos particulares

Artículo 11. Personal militar incluido en las relaciones de puestos de trabajo del Ministerio de Defensa.

Texto oficial de Reglamento de Retribuciones de las Fuerzas Armadas (BOE-A-2005-18265). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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