Artículo 2. Acreditación de capacitación profesional.
1. Tendrán derecho a obtener el título profesional para el ejercicio de las profesiones de la abogacía y la procura las personas que se encuentren en posesión del título universitario de la Licenciatura en Derecho o del Grado en Derecho y que acrediten su capacitación profesional mediante la superación de la correspondiente formación especializada y la evaluación regulada por esta Ley.
2. La formación especializada necesaria para poder acceder a las evaluaciones conducentes a la obtención de este título profesional, es una formación reglada y de carácter oficial que se adquirirá a través de la realización de cursos de formación acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Universidades, tras ser oídas las comunidades autónomas y en la forma que reglamentariamente se determine.
3. El título profesional regulado en esta Ley será expedido por el Ministerio de Justicia o por los órganos correspondientes de las comunidades autónomas que hayan asumido la competencia ejecutiva en materia de expedición de títulos profesionales.
> <small>Se modifica por el art. 1.3 de la Ley 15/2021, de 23 de octubre. [Ref. BOE-A-2021-17276#ap](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-17276)</small>
> <small>Se declara la inconstitucionalidad del apartado 3, con los efectos previstos en el fundamento jurídico 10, por Sentencia del TC 170/2014, de 23 de octubre. [Ref. BOE-A-2014-12083](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-12083).</small>
> <small>Se modifica el apartado 3 por la disposición final 4.1 de la Ley 5/2012, de 6 de julio. [Ref. BOE-A-2012-9112](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-9112).</small>
> <small>Se modifica el apartado 3 por la disposición final 3.1 del Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo. [Ref. BOE-A-2012-3152](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-3152).</small>
Texto oficial de Ley de Acceso a las Profesiones de Abogado y Procurador (BOE-A-2006-18870). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.