orden · BOE-A-2006-2873
Orden SCO/393/2006, de 8 de febrero, por la que se establece la organización y funcionamiento del Banco Nacional de Líneas Celulares
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 18/2/2006
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Consumo
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta orden organiza el Banco Nacional de Líneas Celulares, la red española que garantiza la disponibilidad de líneas de células troncales humanas —embrionarias y adultas— para la investigación biomédica, adscrita al Instituto de Salud Carlos III y con su nodo central en el Banco de Líneas Celulares de la Junta de Andalucía en Granada. Fija los principios éticos, los requisitos de depósito y las condiciones de acceso de los investigadores a las líneas celulares del Banco.
A quién afecta: Centros e investigadores de investigación biomédica en España, y el Instituto de Salud Carlos III como órgano de coordinación.
- El Banco Nacional de Líneas Celulares se configura como una estructura en red, con un nodo central y varios nodos coordinados, para garantizar en todo el territorio la disponibilidad de líneas de células troncales humanas embrionarias y adultas destinadas a la investigación.
- Está adscrito a la Subdirección General de Investigación en Terapia Celular y Medicina Regenerativa del Instituto de Salud Carlos III; su nodo central es el Banco de Líneas Celulares de la Junta de Andalucía, en el Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada.
- La incorporación de nuevos nodos a la red la autoriza el Director del Instituto de Salud Carlos III, previo informe de la Comisión Técnica del Banco.
- Actúa según los principios éticos de los convenios internacionales de biomedicina y derechos humanos, con objetividad, colaboración, integración, solidaridad y ausencia de lucro.
- Coordina el registro centralizado de las líneas celulares depositadas, aprueba los procedimientos técnicos y los requisitos de depósito y acceso, y gestiona el registro de incidencias y bioseguridad de los proyectos que usan su material.
¿Qué es el Banco Nacional de Líneas Celulares?
La red española que garantiza la disponibilidad de líneas de células troncales humanas embrionarias y adultas para la investigación biomédica, adscrita al Instituto de Salud Carlos III, con su nodo central en Granada.
¿Cómo se incorpora un centro como nodo del Banco Nacional de Líneas Celulares?
Mediante solicitud dirigida al Director del Instituto de Salud Carlos III, avalada por la autoridad de investigación sanitaria de la comunidad autónoma correspondiente, acreditando recursos técnicos y humanos suficientes; la incorporación la autoriza el propio Director, previo informe de la Comisión Técnica del Banco.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Citada por: Investigación con Preembriones Humanos (3 menciones)
- Citada por: Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos (1 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1 menciones)
- Citada por: Orden SCO/1245/2006, de 18 de abril, por la que se desarrolla el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria (5 menciones)
- Citada por: Ley de Reproducción Humana Asistida (2 menciones)
- Citada por: Ley de Investigación Biomédica (6 menciones)
- Citada por: Comisión de Garantías para la Donación de Células y Tejidos (1 menciones)
- Citada por: Real Decreto-ley de Calidad y Seguridad de Células y Tejidos Humanos (1 menciones)
- Modificada por: Orden SCO/1245/2006, de 18 de abril, por la que se desarrolla el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria (2 notas)
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