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real decreto · BOE-A-2007-18581

Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño

Estado
Vigente
Publicación
26/10/2007
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto establece los criterios sanitarios que deben cumplir las aguas de baño en España para proteger la salud humana frente a la contaminación, así como el sistema de información y control de su calidad.

A quién afecta: Ayuntamientos costeros, bañistas y autoridades sanitarias competentes.

  • Excluye de su ámbito las piscinas de natación, las aguas termales de estaciones balnearias y las aguas confinadas artificialmente separadas del mar o de aguas superficiales.
  • Cada año, la autoridad competente elabora un listado provisional de zonas de aguas de baño, comunicado a través del sistema de información nacional.
  • Las autoridades competentes deben garantizar la limpieza, higiene y salubridad de las playas durante toda la temporada de baño.
  • Se controlan analíticamente parámetros específicos de calidad del agua, además de comprobar mediante inspección visual la transparencia y ausencia de contaminación.
¿Qué debe garantizar la autoridad competente en las playas durante la temporada de baño?

Las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad, además de instalar la cartelería informativa correspondiente.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Real Decreto de Calidad de las Aguas de Baño · BOE Fácil