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CAPÍTULO III. Criterios y condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en materia de sociedad de la información

Artículo 8. Condiciones básicas de accesibilidad a los equipos informáticos y a los programas de ordenador.

Texto oficial de Accesibilidad a la Sociedad de la Información (BOE-A-2007-19968). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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