real decreto · BOE-A-2007-22111
Real Decreto 1614/2007, de 7 de diciembre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los miembros de la Orden religiosa de los Testigos de Jehová en España
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 22/12/2007
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los miembros de la Orden religiosa de los Testigos de Jehová en España, asimilándolos a trabajadores por cuenta ajena.
A quién afecta: Ministros ordenados de la Orden religiosa de los Testigos de Jehová que se dedican de forma permanente a funciones misionales, pastorales o de formación religiosa.
- Los miembros de la Orden religiosa de los Testigos de Jehová quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Se consideran miembros de la Orden quienes, como ministros ordenados, se dedican de forma permanente a funciones misionales, pastorales o de formación religiosa.
- La acción protectora corresponde a la del Régimen General, con determinadas exclusiones como la incapacidad temporal, maternidad, paternidad y riesgo durante el embarazo o la lactancia.
- La confesión religiosa de los Testigos Cristianos de Jehová en España asume los derechos y obligaciones establecidos para los empresarios en el Régimen General.
¿A qué régimen de la Seguridad Social quedan asimilados los ministros ordenados de los Testigos de Jehová en España?
Al Régimen General de la Seguridad Social, como trabajadores por cuenta ajena, con determinadas exclusiones en la acción protectora.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
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- Cita a: Ley General de la Seguridad Social (2 menciones)
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