CAPÍTULO V. Obligaciones del titular de una autorización de estación de la banda ciudadana CB-27
Artículo 19. Interferencias a otros servicios de telecomunicaciones.
Texto oficial de Orden ITC/4096/2006, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico de la banda ciudadana CB-27 (BOE-A-2007-286). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
