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real decreto · BOE-A-2008-2

Real Decreto 1573/2007, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Cooperación Bibliotecaria

Estado
Vigente
Publicación
1/1/2008
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Cultura

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula la composición, funciones, organización y funcionamiento del Consejo de Cooperación Bibliotecaria, órgano de cooperación interadministrativa en materia de bibliotecas.

A quién afecta: Ministerio de Cultura, comunidades autónomas y administraciones con competencias en materia bibliotecaria.

  • El Consejo se configura como órgano colegiado de composición interadministrativa, adscrito al Ministerio de Cultura, para canalizar la cooperación bibliotecaria entre administraciones públicas.
  • Está compuesto por Presidente (persona titular de la Secretaría de Estado de Cultura), Vicepresidente, Vocales y Secretario.
  • Los vocales representan tanto a la Administración General del Estado como a las comunidades autónomas, entre otras entidades.
  • Deroga los artículos 24 y 25 del Reglamento de bibliotecas públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, aprobado por el Real Decreto 582/1989.
¿A qué Ministerio está adscrito el Consejo de Cooperación Bibliotecaria?

Al Ministerio de Cultura, aunque su composición es interadministrativa e incluye representantes de las comunidades autónomas.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Reglamento del Consejo de Cooperación Bibliotecaria · BOE Fácil