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real decreto · BOE-A-1989-12304

Real Decreto 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas

Estado
Vigente
Publicación
31/5/1989
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Cultura

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas.

A quién afecta: Usuarios de bibliotecas públicas y personal bibliotecario.

  • Las Bibliotecas Públicas del Estado están adscritas al Ministerio de Cultura y destinadas a la difusión de la lectura y la conservación del patrimonio bibliográfico.
  • El Ministro de Cultura puede crear nuevas bibliotecas mediante Orden, o por Real Decreto cuando tengan carácter nacional.
  • Las bibliotecas deben realizar un recuento total de sus fondos al menos cada cinco años.
  • Deben llevar dos registros de fondos: uno para los de titularidad estatal y otro para los depositados por terceros.
¿Con qué frecuencia deben las Bibliotecas Públicas del Estado hacer un recuento total de sus fondos?

Al menos una vez cada cinco años.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado · BOE Fácil