real decreto · BOE-A-2008-2389
Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado»
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 12/2/2008
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Este real decreto regula la ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado» (BOE): su edición electrónica, su carácter oficial y auténtico, y qué disposiciones y actos deben publicarse en él.
A quién afecta: Administraciones Públicas, ciudadanos y profesionales del Derecho que consultan o publican en el BOE.
- El «Boletín Oficial del Estado» se publica en edición electrónica conforme a la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
- El texto de las leyes, disposiciones y actos publicados en el BOE tiene la consideración de oficial y auténtico.
- El BOE se publica todos los días del año, salvo los domingos.
- Corresponde al Ministerio de la Presidencia, a través de la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, la ordenación y control de las publicaciones en el BOE.
¿Qué días de la semana se publica el Boletín Oficial del Estado?
Todos los días del año, salvo los domingos.
Normas relacionadas
- Cita a: Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (1 menciones)
- Cita a: Código Civil (1 menciones)
- Cita a: Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia (4 menciones)
- Cita a: Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (1 menciones)
- Cita a: Ley General Tributaria (2 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es.
