TÍTULO I. Disposiciones relativas a entidades de crédito · CAPÍTULO V. Requerimientos de recursos propios por riesgo de tipo de cambio
Artículo 48. Riesgo de tipo de cambio y posiciones en oro.
Texto oficial de Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras (BOE-A-2008-2823). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
