real decreto · BOE-A-2008-4209
Real Decreto 227/2008, de 15 de febrero, por el que se establece la normativa básica referente a los paneles de catadores de aceite de oliva virgen
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 5/3/2008
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Este real decreto establece la normativa básica sobre los paneles de catadores de aceite de oliva virgen.
A quién afecta: Paneles de catadores autorizados y comunidades autónomas.
- Un panel de catadores es un grupo de personas seleccionadas y entrenadas para evaluar sensorialmente las características del aceite de oliva.
- Los paneles autorizados para control oficial deben cumplir los requisitos del Reglamento (CEE) 2568/91 y comunicar su composición anualmente antes del 31 de marzo.
- El Ministerio de Agricultura organiza un sistema anual de ensayos de aptitud, evaluando cinco muestras de aceite de oliva virgen en cada ensayo.
- Cada panel debe participar en al menos dos ensayos de aptitud al año para poder ser evaluado.
¿En cuántos ensayos de aptitud al año debe participar como mínimo un panel de catadores de aceite de oliva?
En al menos dos ensayos al año.
Normas relacionadas
- Cita a: Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (1 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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